La Audiencia Nacional ha dictado Sentencia condenando por estafa, falsificación y contra la Hacienda Pública a Luis Nicolás Mateos, y por delito de falsificación de documento mercantil y contra la Hacienda Pública a Francisco Clemente Lozano y a Francisco Segundo Clemente Lozano, y al propio Sr. Mateos y a la sociedad Grupo Nicolás Mateos S.L. a indemnizar a los compradores por las cantidades entregadas a cuenta de la compraventa de apartamentos en Brasil. El proceso se inició en el año 2008, en la propia Audiencia Nacional, continuó instruyéndose en los Juzgados de Murcia, y tras varios periplos judiciales con declaraciones de incompetencia por parte de estos dos órganos judiciales, el Tribunal Supremo sentenció que la causa continuara en la propia Audiencia Nacional, que finalmente ha resuelto de forma satisfactoria para los intereses de los cientos de afectados.
En resumen, el Tribunal ha concluido que sólo consta que se procedió a desbrozar la maleza, y que en cuanto al proyecto sólo se pagaron los gastos por licencia y proyecto de arquitectos, que los contratos deben considerarse negocios jurídicos criminalizados al estar faltos de garantías para resarcir a los inversores llegado el incumplimiento, y que Luis Nicolás realizó desde las cuentas corrientes donde los compradores ingresaron el dinero transferencias ilícitas en perjuicio de los remitentes.
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