La reciente sentencia del Tribunal Constitucional, por la que anula varios artículos de la normativa foral de Guipúzcoa (los cuales regulan el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, plusvalía municipal), se ha recibido como la antesala del fin de tal impuesto cuando haya pedida en la venta del inmueble.
Aunque la reciente sentencia tan solo se pronuncia respecto de la normativa foral, están pendientes de resolver varios recursos relativos a la Ley de financiación de las Haciendas Locales que se prevé se resuelvan del mismo modo, esto es, que no procederá su liquidación cuando los inmuebles vendidos no hayan producido ninguna ganancia económica.
Ante la previsible sentencia, y dado que, salvo modificación legislativa, tan solo podrán reclamar aquellos contribuyentes que hayan satisfecho el impuesto los últimos cuatro años Aliaga Abogados recomienda iniciar cuanto antes la reclamación administrativa para interrumpir la prescripción, para lo cual nos ponemos a disposición de quien lo precise.