El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha anulado el método de comprobación de valores de inmuebles que hasta el momento utilizaba la Generalitat Valenciana para la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
La Sala considera que debe llevarse a cabo una valoración especifica e individualizada de cada propiedad, pues si bien la Administración está legitimada para contradecir el valor declarado por el contribuyente, debe hacerlo en atención a las características propias y concretas del inmueble. En el caso de la Sentencia, la Generalitat Valenciana se basó en los datos consignados en la ficha catastral, sin que fueran contrastados in situ por peritos.
En consecuencia, la Generalitat Valenciana, está ahora obligada a establecer un nuevo método de valoración.
Leer la Sentencia de 28 de octubre de 2015, dictada por la Sección Cuarta del Tribunal Superior de Justicia.