Las aerolíneas deben notificar la cancelación de vuelos con dos semanas de anticipación a la fecha prevista para el despegue del avión. En caso contrario, deben indemnizar a los pasajeros afectados, según estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia reciente.
En el caso resuelto por la máxima instancia judicial europea, la compañía aérea informó a la agencia de viajes intermediaria, pero ésta informó al viajero solo diez días antes de la fecha del pasaje, por lo que se incumplió el plazo mínimo de aviso de dos semanas.
El Tribunal señaló que “corresponde al transportista aéreo demostrar que informó a los pasajeros de la cancelación del vuelo, y en qué momento lo hizo”, y además matizó que esta doctrina “también es válida cuando ese contrato se ha celebrado por intermediación de un tercero, como una agencia de viajes que opera por internet“.