La Audiencia Provincial de A Coruña, en su sentencia de 6 de junio de 2014 la cual se adjunta, ha revocado la declaración de nulidad de un contrato porque considera que para apreciar su nulidad por error, éste debe ser excusable, es decir, que el contratante que alega no entender la trascendencia del contrato formalizado, haya llevado a cabo unas mínimas diligencias propias de un ordenado empresario a fin de evitar incurrir en error, como podría ser el asesoramiento legal por un Abogado.

Así las cosas, no se considera nulo el contrato formalizado por el error del empresario que no lleva cabo una mínima diligencia para comprender el contenido y trascendencia de lo contratado.

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