El pasado 29 de julio el Tribunal Constitucional dictó sentencia por la que se estimó parcialmente el recurso de amparo interpuesto contra las tasas judiciales. El Tribunal constitucional consideró que determinadas tasas judiciales para las personas jurídicas eran inconstitucionales por considerarlas desproporcionadas y vulnerar el derecho a al tutela judicial efectiva.
El fallo de la sentencia que adjuntamos (pincha aquí) acuerda declarar “la inconstitucionalidad y nulidad del art. 7, apartado 1, de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre en los siguientes incisos: «En el orden jurisdiccional civil: (…) Apelación: 800 €; Casación y extraordinario por infracción procesal: 1.200 €»; «En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Abreviado: 200 €; Ordinario: 350 €; Apelación: 800 €; Casación: 1.200 €»; y «En el orden social: Suplicación: 500 €; Casación: 750 €»; con los efectos indicados en el anterior fundamento jurídico 15. (…) Declarar la inconstitucionalidad y nulidad del art. 7, apartado 2, de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, con los efectos indicados en el anterior fundamento jurídico 15”