El juzgado de lo contencioso administrativo número 17 de Madrid ha dictado recientemente sentencia por la que aplica un factor de corrección del 5% de error a los resultados de los radares que arrojen una velocidad superior a 100km/hora.
En el caso concreto se imputaba al conductor una velocidad de 153 km/hora, sancionándolo con 300 Euros y la retirada de dos puntos, la aplicación del referido 5% del factor corrector, supuso la aminoración de la sanción a 100 Euros, sin retirada de puntos.