Muchos contribuyentes desconocen la posibilidad que ofrece la Agencia Tributaria de elegir 30 días al año en los que la Administración no puede notificar electrónicamente ningún acto. Por lo tanto, si usted o su empresa están incluidos en el sistema de notificación por Dirección Electrónica Habilitada (DEH) puede disfrutar de las vacaciones con la tranquilidad de saber que la Administración no puede efectuar notificaciones en los días de cortesía que elija.
De esta forma, se salva el peligro de recibir una notificación estando en periodo vacacional y que la Administración la tenga por notificada en el plazo de 10 días. Debe tener en cuenta que estos días de cortesía se solicitan con un mínimo de 7 días de antelación al comienzo del periodo deseado.
Para elegir estos días inhábiles siga el siguiente enlace y pinche en la opción “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.