El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado la prohibición de sobre costes en las llamadas telefónicas de atención al cliente y servicios post-venta. Aclara el Tribunal que el precio de tales llamadas, no podrán superar el precio de una llamada telefónica fija o móvil estándar del país donde se realiza. A efectos españoles, ello significa el fin de la utilización de las «líneas telefónicas 902» para los servicios mencionados.