La semana pasada anunciábamos que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia había condenado a una entidad bancaria a devolver todos los gastos hipotecarios por considerar nula por abusiva la cláusula que repercutía dichos gastos al consumidor, incluyendo el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Apenas una semana después, la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, en discordancia con la resolución anterior, consideró que dicho impuesto, conforme a la normativa tributaria vigente, debía pagarlo el consumidor. Esta Sección está especializada en esta materia, por lo que su decisión fue un importante varapalo para los intereses de los consumidores.
Esta contradicción también se ha dado en el Tribunal Supremo, por lo que está previsto que el Alto Tribunal unifique su doctrina próximamente, determinando quién debe soportar el pago de este impuesto. Una decisión del Tribunal Supremo a favor de los consumidores zanjaría la polémica y permitiría recuperar miles de euros a los clientes afectados.