El Pleno del Tribunal Constitucional ha adelantado mediante una nota informativa que ha estimado por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada sobre el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) en determinados supuestos. En 2017 ya dictó que este impuesto era inconstitucional si los contribuyentes habían registrado pérdidas.

Ahora, el TC argumenta que cuando existe un incremento de la transmisión y la cuota que sale a pagar es mayor al incremento realmente obtenido por el ciudadano, se estaría tributando por una renta inexistente, produciendo un exceso de tributación contrario a los principios constitucionales de capacidad económica y no confiscatoriedad, por lo que en dicho supuesto el impuesto también sería inconstitucional.

Ello tendrá reflejo en futuras liquidaciones del impuesto y, por otro lado, permite revisar aquellas decisiones que no hayan adquirido firmeza a la fecha de su publicación.