Desde Aliaga Abogados recordamos que durante este mes de febrero deberá presentarse Declaración Censal para continuar acogiéndose a la modalidad de pagos fraccionados a los que se acogieron en febrero de 2020 con motivo de la crisis sanitaria.
Con ocasión de la situación especial provocada por la COVID-19, el RD-ley 15/2020 permitió, de forma excepcional, a las empresas acogerse a la modalidad del artículo 40.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para el cálculo de los pagos fraccionados por la que se tiene en cuenta la base imponible acumulada del ejercicio en curso, en lugar de la cuota íntegra del último impuesto presentado, más allá del mes febrero, plazo habitual para el ejercicio de la opción por una u otra modalidad.
Como regla general, la opción por una u otra modalidad que se realiza durante el mes de febrero vincula para el ejercicio el curso y los siguientes hasta que el contribuyente modifique su opción, no obstante, dada la excepcionalidad de la medida del RD-ley indicado, la opción realizada vincula sólo y exclusivamente para los pagos fraccionados correspondientes al ejercicio 2020.
Por tanto, si las empresas que se acogieron el año pasado a esta opción excepcional quisieran continuar aplicando esta modalidad durante el año 2021 deberán durante este mes de febrero presentar la correspondiente declaración censal optando por dicha modalidad.
Desde Aliaga Abogados nos ponemos a disposición para asesorar y ampliar por un profesional especializado todas las dudas que pudieran derivar de la presente noticia.