La Ley 15/2.015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, que entró en vigor el pasado día 24 de julio, modifica el Art. 54 del Código Civil, permitiendo el divorcio o separación matrimonial de mutuo acuerdo a los cónyuges que no tengan hijos menores, prestándose dicho consentimiento ante Notario con asistencia de Letrado en ejercicio. Para tal fin, debe de redactarse por Abogado el preceptivo convenio regulador. Ello supone la disminución en los plazos de la tramitación de tales divorcios, y la comodidad de hacerlo el día y hora que se desee.
ALIAGA ABOGADOS, está a su disposición para gestionar los divorcios notariales de quien lo precise.