Una Sentencia reconoce el derecho a un autónomo a cobrar íntegramente la pensión de jubilación y compatibilizarlo con la gestión de su propia empresa. Hasta el momento este derecho se reconocía a aquellos autónomos que mantuvieran, al menos, a un trabajador en nómina a nombre del propio autónomo y no de la sociedad de la cual es administrador único o socio mayoritario. Con esta Sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, se abre la vía a que dicho trabajador pueda estar contratado a nombre de la mercantil reconociendo igualmente al autónomo con funciones de gerencia y dirección de dicha mercantil, su derecho a percibir el 100% de su jubilación, compatibilizándolo con la gestión de su propia empresa.