El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Picassent, ha estimado las alegaciones expuestas por ALIAGA ABOGADOS en materia de cláusulas abusivas en contratos de préstamo hipotecario. Tras más de cinco años, se ha procedido finalmente al archivo del procedimiento de ejecución hipotecaria por haberse instado en base a una cláusula abusiva. En el presente caso, el préstamo hipotecario establecía que con el impago de una sola de las cuotas ya se podría dar por vencido el mismo y proceder a la reclamación de la totalidad del capital prestado.
El Juzgado ha considerado que una cláusula que permita el vencimiento de un préstamo hipotecario por el impago de una sola de sus cuotas es abusiva en términos generales. Pues, aunque el pago es una de las obligaciones esenciales de una de las partes, el impago de una mínima cantidad durante un corto periodo de tiempo no puede ser considerado incumplimiento relevante ya que los préstamos hipotecario son contratos a largo plazo y de cantidades importantes. Además, en el caso que nos ocupa, el pago había sido constante durante años y tan sólo se había incumplido unas pocas cuotas en relación al total del préstamo.
Por lo que el Juzgado ha estimado íntegramente nuestras alegaciones, ha considerado la cláusula de vencimiento anticipado abusiva, y ha procediendo al archivo inmediato del expediente.
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