El Juzgado de lo Social Nº 2 de Palma de Mallorca ha dictado una Sentencia en la cual se confirma el despido disciplinario de un trabajador de la cadena Primark por una conducta y actividad en redes sociales indecorosas y que dañaban la imagen de la empresa.
El trabajador, desconociendo que dicho despido disciplinario sería catalogado por la Justicia como procedente, publicó una fotografía de un grupo de niños aparentemente fallecidos por la utilización de gases y armas químicas bajo el título de “Mannequin Challenge en Siria” u otra de un grupo de mujeres con velo islámico en un grupo de música, en la que se hacía referencia a los atentados terroristas cometidos en París.
El Juzgado ha considerado que dicha actitud va más allá de lo conocido como “humor negro” pudiendo dichos actos afectar a la dignidad de las personas.
Primark descubrió cómo en un foro, se hacía referencia a la conducta mantenida por este trabajador en sus redes sociales siendo que el mismo fue identificado por la empresa, al haber publicado su condición de empleado de la misma.
Pese a que el trabajador no estaba ni en tiempo, ni en lugar de trabajo porque se trataba de tiempo ajeno a su jornada laboral, el mismo según dispone la Sentencia, debió haber actuado sin ofensas ni atentados contra la dignidad de las personas identificándose al mismo tiempo como empleado de Primark.