Tal y como informamos en el mes de diciembre el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid dictó una sentencia que, aunque no crea jurisprudencia, declaró exenta de retención la prestación por maternidad, estimando la procedencia de rectificación de la autoliquidación de IRPF de 2009 y el derecho a percibir la devolución de las cantidades indebidamente retenidas más los intereses legales.
Para interesar la devolución de tales retenciones, la legislación tributaria establece un plazo prescriptivo de cuatro años, por lo que si se fue madre en el año 2012 y se cobró prestación por maternidad, el plazo para reclamar finaliza este año. El equipo de Aliaga Abogados se pone a disposición de quien precise de nuestros servicios para proceder a reclamar las cantidades indebidamente retenidas por la Agencia Tributaria.