El Tribunal Supremo confirma la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia por la que se estima la reclamación interpuesta por ALIAGA ABOGADOS en nombre de una promotora, condenando al comprador de un inmueble a otorgar escritura de compraventa, y desestima la reclamación del comprador y solicitud de resolución del contrato por retraso en la entrega del inmueble.

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