Las negociaciones de salida del Reino Unido de la Unión Europea del pasado noviembre marcaron como fecha efectiva de salida el próximo 29 de marzo, estableciéndose la posibilidad un periodo transitorio hasta final de 2020.

Si en dicha fecha no estuviese en vigor el Acuerdo de Retirada, Reino Unido pasará a ser un “tercer país” quedando fuera del mercado único y de la unión aduanera.

Esto trae consigo importantes implicaciones en las relaciones comerciales ya que las operaciones con Reino Unido pasarán a ser calificadas como importaciones y exportaciones con obligaciones aduaneras, tanto formales como económicas, con especial atención a los derechos arancelarios.

Ante este panorama de incertidumbre, desde ALIAGA ABOGADOS consideramos de vital importancia revisar y, en su caso, renegociar los términos contractuales de las relaciones comerciales con clientes y proveedores en el Reino Unido, con especial atención a los costes de logística y transporte, aranceles, impuestos especiales e IVA a la importación.