Tras la Newsletter remitida en fecha 19/09/2018 por parte de Aliaga Abogados en la cual informábamos sobre la obligación de inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas, jurídicas o profesionales que ejercieran una serie de actividades por cuenta de terceros tales como:

  • Constituir sociedades u otras personas jurídicas.
  • Facilitar un domicilio social o una dirección comercial, postal o administrativa a una Sociedad.
  • Ejercer funciones de dirección o de secretarios no consejeros del consejo de administración o de asesoría externa de una sociedad.
  • Ser socios de una asociación o ejercer funciones similares.
  • Ejercer funciones de fiduciario en un fideicomiso o ejercer funciones de accionista por cuenta de otra persona.

El Registro Mercantil, ya ha procedido a publicar las plantillas correspondientes a las personas físicas y jurídicas que deberán ser cumplimentadas y presentadas antes del 4 de septiembre de 2019 siempre y cuando nos encontremos dentro de los supuestos anteriores.

Dicho lo cual, desde Aliaga Abogados, nos ponemos a disposición para gestionar dicha inscripción, así como a ampliar por un abogado especializado las consecuencias de la trasposición de la Directiva Europea (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.