Una reciente Sentencia del Juzgado de lo Social de Barcelona, ha considerado nulo el precepto de la reciente Reforma Laboral que establecía el periodo de prueba de un año para aquellos contratos indefinidos formalizados por empresas de menos de 50 trabajadores.

Tal precepto se estableció a fin de incentivar los contratos indefinidos por la pequeña y mediana empresa, sin embargo, la referida sentencia considera que dicha posibilidad contraviene la Carta Social Europea de 1961 «pues no fija ni plazo de preaviso ni indemnización por finalización del contrato durante el periodo de prueba de un año «.

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