Tras la aprobación del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, se establece, y una vez entre en vigor el Reglamento que lo desarrolle, la obligación  expresa de dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a los becarios que desarrollen prácticas en empresa, todo ello con independencia de si sus prácticas son o no remuneradas o si estudian máster, grado o formación profesional. Los únicos conceptos por los que no existirá obligación de cotizar será por las contingencias de desempleo, Fondo de Garantía Salarial, y formación profesional.

Por el momento no se fija si dicha obligación corresponde a los rectores de Universidad por sus estudiantes o a las propias empresas donde desarrollen sus prácticas.

Desde Aliaga Abogados, nos ponemos a disposición para asesorar y ampliar por un abogado especializado las consecuencias de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, tanto a los empresarios como a los rectores de Universidad.