El Gobierno ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley 15/2020 publicado en el BOE con fecha 22 de abril de 2020, nuevamente con medidas complementarias en materia económica y de empleo con el objeto de continuar paliando el impacto causado por el COVID-19.

ALIAGA ABOGADOS pone a su disposición un resumen de las principales medidas, que entran en vigor a partir del 23 de abril de 2020, contenidas en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, atendiendo a su naturaleza:

MEDIDAS ECONÓMICAS


  1. Medidas para reducir los costes operacionales de pymes y autónomos:

Para pymes y autónomos que cumplan una serie de requisitos, y en relación con las rentas del alquiler de locales de negocios, se establece:

  • Moratoria automática en el pago de la renta del alquiler de locales e inmuebles para uso distinto de vivienda, durante el estado de alarma con posibilidad de prórroga de 4 meses, en caso de arrendadores calificados de gran tenedor o entidad pública de vivienda siempre que no haya existido acuerdo previo. La devolución se realizará en un plazo de 2 años sin intereses desde el fin de la moratoria.
  • Aplazamiento temporal en el pago de la renta del alquiler, en caso del resto de arrendadores. Esta solicitud al arrendador podrá realizarse hasta el 23 de mayo de 2020, siempre que no exista acuerdo previo.
  1. Medidas para reforzar la financiación empresarial:
  • Aplazamiento, hasta dos meses después del estado de alarma, del pago de las cuotas de marzo a junio de 2020 de los préstamos concedidos por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
  • Posibilidad de reaseguro por el Consorcio de Compensación de los riesgos de las entidades aseguradoras privadas de los seguros de crédito y caución, con efectos retroactivos desde 1 de enero de 2020.
  • Aplazamiento de las cuotas a 12 meses o solicitud de refinanciación de préstamos a entidades promotoras de parques científicos y tecnológicos concedidos por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Simplificación del procedimiento de concesión de los aplazamientos de la TGSS de las deudas a ingresar entre abril y junio de 2020.
  1. Medidas fiscales:
  • IVA del 0% (exención) a una serie de productos sanitarios necesario para la contención de la pandemia hasta el 31 de julio 2020, adquiridos por entidades públicas, privadas de carácter social y clínicas y centros hospitalarios.
  • Opción extraordinaria por la modalidad de cálculo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades en función de los ingresos, para empresas cuyo volumen de operaciones no supere 600.000 euros.
  • Como consecuencia de la posibilidad de calcular temporalmente el rendimiento por el régimen de estimación directa y la cuota a ingresar por el régimen general para los contribuyentes que se encuentren acogidos al régimen de estimación objetiva del IRPF o el régimen simplificado del IVA (sistema de módulos), se limita el efecto de esta renuncia tácita al ejercicio 2020.
  • Exclusión de los días de duración del estado de alarma en el cálculo del rendimiento de IRPF y de las cuotas de IVA por el sistema de módulos.
  • Para las deudas tributarias derivadas de autoliquidaciones con plazo de presentación entre el 20 de abril y el 30 de mayo, cuyo pago esté supeditado a la obtención de financiación, no se iniciará el período ejecutivo.
  • Ampliación de la suspensión de los plazos tributarios aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, para el pago de deudas liquidadas por la AEAT en período voluntario, en ejecutivo apremiadas, los vencimientos de las cuotas de los aplazamientos concedidos y los plazos para atender las notificaciones recibidas hasta el 30 de mayo de 2020.
  • Ampliación del plazo para recurrir en vía administrativa aprobada en el Real Decreto-ley 11/2020 hasta el 30 de mayo de 2020.
  • IVA reducido del 4% a los libros, periódicos y revistas digitales.
  1. Medidas para facilitar el ajuste de la economía:
  • Ampliación de los destinos aplicables al Fondo de Educación y Promoción de las cooperativas.
  • Por parte de las autoridades portuarias y a solicitud de los interesados, se aprueba la reducción motivada y temporal durante 2020 del tráfico mínimo exigido a las concesionarias, de las tasas de ocupación, del mínimo de cuota íntegra de la tasa de actividad, exenciones en la tasa del buque y el aplazamiento de deudas tributarias en el ámbito portuario por un máximo de 6 meses sin intereses ni garantías.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL EMPLEO


  1. Prórroga de 3 meses tras la finalización del estado de alarma de la preferencia del teletrabajo, de la adaptación de horarios y reducción de jornada.
  2. Reducción del 19,11% en las cuotas de cotización a los trabajadores agrarios que cumplan determinados requisitos, desde 1 de enero.
  1. Suspensión de plazos en el en el seno de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, durante el estado de alarma, excepto procedimientos relacionados con la seguridad de la crisis sanitaria actual.
  1. Posibilidad de aplicar ERTE por suspensión de contrato o reducción de jornada por fuerza mayor de forma parcial, alcanzando sólo a las actividades afectadas en empresas dedicadas a actividades esenciales.
  1. Acceso a las prestaciones por desempleo a los trabajadores fijos-discontinuos que hayan visto interrumpida su actividad como consecuencia del COVID-19 en periodos que deberían ser de trabajo, a los que no hayan podido reincorporarse a su actividad, y de los que, aun teniendo periodos de ocupación cotizada, no cumplen con el requisito legal de desempleo, y también de los que no disponen de periodos de ocupación cotizada.
  1. Acceso a la prestación por desempleo de los trabajadores cuya relación laboral se haya extinguido, a partir del 09/03/2020, durante su periodo de prueba, cualquiera que haya sido la causa.
  1. Consideración de situación legal de desempleo y asimilado a alta, de los trabajadores que, desde el 01/03/2020, resolvieran voluntariamente su relación laboral con su empresa por tener un compromiso firme de suscripción de contrato con otra empresa, y el mismo se haya visto frustrado por desistimiento de la nueva empresa como consecuencia del COVID-19.
  1. Se flexibilizan de los requisitos para la calificación de las sociedades anónimas y limitadas como sociedades laborales, mediante una prórroga de 12 meses más para el cumplimiento de requisitos.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN A LOS CIUDADANOS


  1. Moratoria hipotecaria:
  • Bonificación del 50% en los aranceles notariales.
  • Otorgamiento unilateral de la escritura por parte del acreedor bancario.
  1. Líneas de avales para la cobertura de financiación de arrendatarios en situación de vulnerabilidad respecto su vivienda habitual, por 1.200 millones de euros.
  1. Ampliación del ámbito de la posibilidad de rescate de los derechos consolidados de planes de pensiones por necesidades derivadas de la crisis del COVID-19 contemplados previamente en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
  1. Consumidores y usuarios: Aclaración del cómputo de plazo para la resolución de un contrato de compraventa de bienes o prestación de servicios, por imposibilidad de cumplimiento. El plazo de 14 días comienza a computar desde la imposibilidad de ejecución, que se produce a los 60 días sin propuesta de revisión desde la solicitud.
  1. Ampliación del plazo de ejecución para las ayudas derivadas del terremoto de Lorca.
  1. Posibilidad de modificación de las condiciones de las ayudas universitarias y novación de los préstamos universitarios.

OTRAS MEDIDAS


  1. Autónomos
  • Posibilidad de optar por una mutua colaboradora en el plazo de 3 meses desde el fin del estado de alarma, realizándose la adhesión de forma conjunta con la solicitud de la prestación por cese de actividad.
  • Posibilidad de acceso a la prestación por IT.
  1. Autónomos Agrarios: Modificación de los requisitos para la inclusión en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
  1. Ayudas a la financiación del deporte.
  1. Financiación estatal a la Seguridad Social para los gastos del Régimen de clases pasivas.
  1. Distribución de competencias sobre determinadas prestaciones públicas.
  1. I+D+i:
  • Aumento de la financiación para la política de I+D+i.
  • Prórroga de la vigencia de los contratos predoctorales para personal investigador.

Desde ALIAGA ABOGADOS nos ponemos a su disposición para asesorarles y ampliar por un profesional especializado todas las dudas que pudieran derivarse al respecto de las medidas aprobadas.