ALIAGA ABOGADOS condena al Banco Santander al pago de la cantidad de 450.000 euros, más intereses y costas por negarse a atender al pago de un aval bancario.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santander ha confirmado la Sentencia condenatoria del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santander, condenando al Banco Santander al pago integro de dos avales bancarios, más las costas procesales de la apelación.
La mercantil beneficiaria del aval había suministrado mercancía a dos sociedades mercantiles en el tráfico habitual de sus operaciones comerciales, para lo cual exigió a estas últimas sendos avales bancarios librados por la entidad de sobrada solvencia, en garantía del pago de la mercancía suministrada.
Las sociedades mercantiles adquirientes de la mercancía solicitaron sendos avales bancarios a la entidad Banco Santander, quien los libró en beneficio de la mercantil suministradora de la mercancía.
Llegado el vencimiento del pago de las mercancías suministradas, ninguna de las dos sociedades mercantiles adquirentes satisfizo el pago de las mercaderías, lo que obligó a la mercantil suministradora y beneficiaria del aval a exigir a la entidad bancaria el cumplimiento de su obligación de pago en virtud del aval otorgado.
La entidad bancaria se excusó del cumplimiento del aval aduciendo la falta de distintos requisitos formales respecto a la exigibilidad del aval por parte de la mercantil beneficiaria, hasta el extremo de que esta última se vio obligada a interponer la correspondiente demanda judicial.
El Juzgado de Primera Instancia sentenció la condena íntegra al pago a la entidad bancaria, que sin embargo recurrió en apelación la misma. Ahora, la Audiencia Provincial ha determinado nuevamente que la mercantil suministradora y beneficiaria sí que cumplió con los requisitos formalmente exigidos en el documento aval, condenando a la entidad bancaria al pago del importe íntegro de los avales, los intereses devengados y las costas procesales.
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